Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
Si un cliente no paga una factura, transcurrido un año desde el devengo de la operación podrá llevar a cabo los trámites para recuperar el IVA transferido (si su empresa factura menos de 6.010.121,04 euros anuales, sólo tendrá que esperar seis meses para iniciar estos trámites). En ambos casos, tendrá seis meses para completarlos.
No obstante, si antes de finalizar estos plazos su cliente se declara en concurso, deberá anticiparse a los procedimientos de recuperación del IVA:
En este sentido, el administrador concursal comunicará a todos los acreedores la publicación del auto de declaración de concurso. No obstante, podría retrasarse en este trámite, con el riesgo de que su empresa no pueda llevar a cabo la rectificación a tiempo. Vea cómo reducir este riesgo:
Nuestros profesionales le acompañarán en los trámites de recuperación del IVA, de forma que cumpla con todos los requisitos formales para obtenerlo.
Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
No siempre es necesario esperar hasta septiembre para conseguirlo.