Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
Si ha adquirido un décimo por el sorteo de Navidad de la Lotería Nacional, no olvide que los premios de Loterías y Apuestas del Estado, comunidades autónomas, ONCE, Cruz Roja Española y entidades análogas europeas tributan al IRPF a un tipo fijo del 20%.
A estos efectos, los perceptores de estos premios soportan una retención por ese porcentaje que debe practicarles el organismo pagador del premio, es decir, la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).
Sin embargo, esta tributación sólo afecta a los premios con un importe íntegro superior a los 40.000 euros, que tributan por la cuantía que exceda este límite (hasta 40.000 euros, gozan de exención).
Esta exención se aplicará de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado. Así pues, en el caso de los premios compartidos (con un grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías…) en los que el premio se reparte entre todos los participantes, los 40.000 euros exentos deben repartirse entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación.
Por ejemplo, si juega con un amigo a medias un décimo de Lotería de Navidad que resulta premiado con 50.000 euros, a cada uno le corresponderán 25.000 euros, de los que 20.000 estarán exentos. En este caso, su tributación individual será de 1.000 euros: (25.000 – 20.000) x 20% (el neto que percibirá cada uno será, por tanto, de 24.000 euros).
Nuestros profesionales resolverán las dudas que tenga respecto de la tributación de los premios de loterías y similares.
Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
No siempre es necesario esperar hasta septiembre para conseguirlo.