Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
En momentos de carencia de liquidez, algunos contribuyentes optan por retrasar la incorporación del IVA transferido en sus declaraciones periódicas. Así, por ejemplo, un IVA transferido que debería haberse incorporado en la declaración del segundo trimestre lo incorporan en la del tercer o cuarto trimestre. Y piensan que, como ya le han ingresado –aunque sea más tarde–, Hacienda ya no podrá exigirles sanciones.
Si en una autoliquidación periódica se ingresa una suma inferior a la correcta, es necesario presentar una declaración complementaria con indicación expresa de la liquidación que se rectifica. Una “regularización tácita” en una liquidación posterior no exime de posibles sanciones, ya que se “encubre” (el contribuyente no está informando expresamente a Hacienda del error cometido):
Nuestros profesionales le informarán de las consecuencias de ingresar una deuda tributaria una vez finalizado el período de pago.
Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
No siempre es necesario esperar hasta septiembre para conseguirlo.