Regularización del IVA

Algunas empresas deben hacer cálculos especiales en su última declaración del IVA...

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Si su empresa sólo puede deducir una parte del IVA que soporta (es decir, si tributa en régimen de prorrata), es posible que en la última declaración de 2023 (la que se presentará en enero) es necesario realizar algunas regularizaciones:

  • Dado que durante las declaraciones del ejercicio habrá deducido provisionalmente el porcentaje de prorrata del ejercicio anterior, en la última declaración se tendrán que regularizar las diferencias (calculando la prorrata definitiva en función de las ventas reales del ejercicio) .
  • Si aplica la prorrata general, también tendrá que calcular qué suma se habría deducido si hubiera aplicado la prorrata especial. Y si el IVA deducible con la prorrata general supera en más de un 10% la que se hubiera deducido con la prorrata especial, esta última deberá aplicarse obligatoriamente ya en este mismo ejercicio.
  • Finalmente, en la última declaración del año también podría verse en la obligación de regularizar el IVA deducido por los bienes de inversión adquiridos en los últimos años. En concreto, debe realizar esta regularización cuando la prorrata del año que se cierra difiera en más de diez puntos de la del año en que se adquirió el activo.

Nuestros profesionales comprobarán si en la última declaración de IVA es necesario realizar cálculos adicionales respecto al IVA deducido durante el ejercicio.

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