Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
Los grupos de empresas formados por una sociedad dominante y otras participadas en más del 50% del capital (directa o indirectamente) pueden optar por el régimen del grupo de entidades del IVA en alguna de las siguientes modalidades:
La opción por este régimen debe ser acordada por los órganos de administración de las sociedades que quieran acogerse (es decir, puede haber dependientes que sigan tributando individualmente) y debe comunicarse a Hacienda (modelo 039) en el mes de diciembre del año anterior a aquél en que deba surtir efectos.
Nuestros profesionales estudiarán si es recomendable acogerse al régimen de grupos en el IVA en su caso.
Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
No siempre es necesario esperar hasta septiembre para conseguirlo.