Sólo debe incluir esta cláusula en los contratos entre empresas...
En sociedades solventes y con liquidez, no es extraño que los socios recurran para que les presten dinero, evitando así solicitar un préstamo bancario. La misma ley prevé esta posibilidad, si bien establece una serie de reglas, ya que existe un conflicto entre los intereses del socio (lograr el préstamo) y los de la sociedad (que debe poder decidir libremente –sin intervención de este socio – si otorgar el préstamo o no). Estas reglas son:
Obligaciones del administrador
Tras la petición del socio, el administrador debe convocar una junta para acordar la autorización del préstamo o no. En la misma convocatoria deberá advertir sobre la situación de conflicto de interés con este socio y su deber de abstenerse de votar, si bien este socio conservará el resto de sus derechos y podrá votar con total normalidad al resto de los puntos del orden del día en los que no exista conflicto.
Por otra parte, ya efectos de que el resto de socios puedan debatir correctamente este punto del orden del día, será conveniente solicitar a este socio información clara y precisa de lo que necesita, así como una propuesta de devolución. Además, pueden preverse otros pactos más concretos según la cuantía del préstamo.
Incumplimiento del deber de abstención del socio
Aunque la ley no prevé una consecuencia concreta en estos casos, el voto se considera indebidamente emitido y, por tanto, nulo. Pero esto no implica que el acuerdo sea directamente nulo: sólo lo será cuando el voto de ese socio haya sido determinante para alcanzar la mayoría necesaria para adoptar el acuerdo. Es decir, cuando el resultado de la votación hubiera sido distinto si no hubiera votado a este socio.
Además, si un socio disidente impugna el acuerdo por haberse vulnerado el deber de abstención, quien deberá responder es el administrador –para ejecutar un acuerdo nulo–, no los socios que lo adoptaron. Por otra parte, hay que tener en cuenta que podrían darse otras responsabilidades:
Nuestros asesores estudiarán su caso y le acompañarán en el proceso para actuar con todas las garantías tanto si es el administrador como si es el socio que solicita el préstamo o cualquier otro socio.
Sólo debe incluir esta cláusula en los contratos entre empresas...