Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
Los límites máximos de ventas y compras que permiten acogerse al régimen de módulos se han prorrogado un año más. En concreto, los límites para 2024 y 2025 quedan en los siguientes términos:
| Concepto (1) | Año 2024 | Año 2025 |
|---|---|---|
| Ventas totales | 250.000 | 150.000 (2) |
| Ventas a empresarios | 125.000 | 75.000 |
| Compras (no inmovilizados) | 250.000 | 150.000 |
1. Volumen de operaciones del año anterior. 2. En actividades agrícolas, ganaderas o forestales, el límite será de 250.000 euros. | ||
También se ha aprobado una reducción general aplicable a estos rendimientos del 5%.
Aunque su actividad cumpla los requisitos a seguir en módulos, si prevé una reducción de ingresos a partir de 2024, es posible que le salga a cuenta renunciar a ellos. Si desea renunciar, puede presentar una declaración censal hasta el 31 de enero de 2024 o bien ejercitar una renuncia tácita presentando la primera declaración trimestral de IVA de 2024 según el régimen general, y el primer pago fraccionado de IRPF de 2024 según el régimen de estimación directa.
Nuestros profesionales analizarán si le conviene continuar en módulos o si, en su caso concreto, es mejor renunciar a ellos.
Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
No siempre es necesario esperar hasta septiembre para conseguirlo.