Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
Es habitual que los socios personas físicas hagan préstamos a las sociedades en las que participan. Y a efectos fiscales esto tiene algunas consecuencias:
Además, puede ocurrir que el préstamo se mantenga a largo plazo (porque la sociedad tiene dificultades para devolverlos o porque simplemente va más holgada sin tener que hacerlo). En estos casos, es aconsejable ponerlos en orden y, en su caso, trasladarlos a capital. Esto mejora la imagen contable de la empresa frente a los bancos (reduciendo deudas y aumentando el patrimonio) y aumenta las posibilidades de obtención de financiación en condiciones más favorables.
Pasar el préstamo a capital puede realizarse mediante una ampliación de capital mediante la compensación de créditos. No obstante, debe valorarse cómo se encuentran los socios restantes –si los hubiere– y documentar adecuadamente la operación.
Si su empresa ha recibido o tiene previsto recibir préstamos de los socios, analizaremos la situación para proponerle la solución más adecuada desde el punto de vista fiscal y mercantil.
Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
Sólo debe incluir esta cláusula en los contratos entre empresas...
No siempre es necesario esperar hasta septiembre para conseguirlo.