El seguro de caución

Una forma económica y eficiente de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones que le proporciona una imagen de solvencia es mediante el seguro de caución

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En el seguro de caución, el contratante tiene una obligación pendiente de ejecución (por ejemplo, una obra) y, para garantizar su cumplimiento, contrata este seguro, por el que abonará una indemnización en caso de incumplimiento. Así, el responsable de la obligación es el tomador, siendo la persona ante la que se obliga –el destinatario de la obra– el asegurado y el beneficiario del seguro.

Características de esta garantía

Contratar un seguro de caución ofrece más ventajas que aportar un aval bancario o disponer de recursos financieros propios:

  • Costes. Es un medio más económico que un aval (que implica gastos de constitución y mantenimiento) y no requiere inmovilización de saldo en cuenta.
  • A nivel contable. No computará como pasivo dentro de la contabilidad de la empresa, ni como deuda de cara al cálculo del nivel de endeudamiento. Además, no aparece en el CIRBE.
  • Solvencia. Para suscribir este seguro, la aseguradora realiza un análisis de la obligación asumida y de la capacidad económica del asegurado. Si tiene la solvencia necesaria, dispondrá de un "certificado de seguro de caución", que tendrá una influencia positiva en su imagen corporativa.

En cuanto a sus características, cabe destacar que, en caso de incumplimiento, todas las cantidades que la aseguradora abone al beneficiario deben ser devueltas por el tomador. Por eso, la ley permite pactar libremente el límite de la indemnización con el asegurado. Y el coste puede variar según múltiples factores (el tipo de obligación garantizada, la solvencia, el plazo del cumplimiento de la obligación…), si bien suele situarse entre el 0,5 y el 3% del valor de la obligación asegurada.

Supuestos habituales

Estos seguros son muy habituales en el ámbito público. En muchas ocasiones la Administración las requiere y suelen constar como condición básica para poder optar a la licitación, para evitar que resulte adjudicatario alguien con riesgo de insolvencia futura. En el ámbito privado, este seguro es muy habitual en las ejecuciones de obra sobre plano. Incluso existen actividades en las que es obligatoria la suscripción de estos seguros:

  • Agencia de viajes. Para cubrir las cantidades recibidas a cuenta de un viaje si al final no se realiza. Cuanto más complejo es el viaje, mayor sentido tiene el seguro de caución.
  • Inmobiliarias. Cubrirían las cantidades recibidas por el comprador en una compraventa que no llegue a consumarse. Si se hubiesen entregado arras al vendedor, este seguro evitaría tener que reclamar judicialmente la devolución duplicada en caso de desistimiento.

Nuestros asesores le informarán sobre todo lo que debe saber a la hora de suscribir un seguro de caución y en qué casos le conviene o está directamente obligado a hacerlo.

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