Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
Si su empresa forma parte de un grupo empresarial, plantéese la posibilidad de acogerse al régimen de consolidación fiscal:
Para aplicar este régimen es necesario que, entre otros requisitos, exista una sociedad matriz (holding) que participe directa o indirectamente en al menos el 75% del capital social de las filiales (70% en el caso de las sociedades cotizadas) y que ostente la mayoría de los derechos de voto. Si la sociedad dominante es no residente en España (de modo que en España sólo existen filiales, todas pertenecientes a la sociedad holding extranjera), estas filiales también pueden beneficiarse de este régimen.
La aplicación de este régimen deberá ser acordada por los órganos administrativos de todas las empresas que formarán parte del grupo (la holding y todas sus filiales en al menos un 75%, sin que exista la opción de dejar ninguna fuera del grupo grupo). Este acuerdo debe tomarse y comunicarse a Hacienda antes de la finalización del ejercicio, y tiene efecto a partir del ejercicio siguiente.
Nuestros profesionales comprobarán si su empresa es apta para acogerse al régimen de consolidación fiscal.
Desde el 4 de abril ya se puede presentar el IRPF del...
No siempre es necesario esperar hasta septiembre para conseguirlo.