Consolidación fiscal

Si alguna empresa de su grupo tiene pérdidas, este régimen puede beneficiarle

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Si su empresa forma parte de un grupo empresarial, plantéese la posibilidad de acogerse al régimen de consolidación fiscal:

  • Este régimen permite compensar en el mismo ejercicio las pérdidas fiscales algunas empresas con los beneficios fiscales de otras.
  • Los requisitos y límites para elaplicación de incentivos y deducciones se determinan a escala de grupo, por lo que generalmente es más fácil disfrutar de estas ventajas fiscales.
  • Los beneficios generados por las operaciones realizadas entre empresas del grupo no tributan hasta que estos beneficios se realizan contra un tercero.
  • También se simplifican algunas obligaciones en materia de retenciones o documentación de operaciones vinculadas.

Para aplicar este régimen es necesario que, entre otros requisitos, exista una sociedad matriz (holding) que participe directa o indirectamente en al menos el 75% del capital social de las filiales (70% en el caso de las sociedades cotizadas) y que ostente la mayoría de los derechos de voto. Si la sociedad dominante es no residente en España (de modo que en España sólo existen filiales, todas pertenecientes a la sociedad holding extranjera), estas filiales también pueden beneficiarse de este régimen.

La aplicación de este régimen deberá ser acordada por los órganos administrativos de todas las empresas que formarán parte del grupo (la holding y todas sus filiales en al menos un 75%, sin que exista la opción de dejar ninguna fuera del grupo grupo). Este acuerdo debe tomarse y comunicarse a Hacienda antes de la finalización del ejercicio, y tiene efecto a partir del ejercicio siguiente. 

Nuestros profesionales comprobarán si su empresa es apta para acogerse al régimen de consolidación fiscal.

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