Modelo 347, en febrero

Declaración de operaciones con terceros

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Si durante el año 2023 su empresa efectuó operaciones con algún cliente o proveedor por importe superior a 3.005,06 euros —IVA incluido— y no está dado de alta en el Suministro Inmediato de Información del IVA (SII), durante este mes de febrero deberá presentar el modelo 347. A tal efecto, recuerde lo siguiente:

  • No deberá incluir aquellas operaciones de las que Hacienda ya tiene información a través de otras declaraciones. Esto ocurre, por ejemplo, con las operaciones sujetas a retención.
  • Salvo las excepciones previstas en la normativa, también se declararán las operaciones en las que, aunque no se repercuta IVA, exista obligación de expedir factura —siempre que superen los 3.005,06 euros—.

Si está obligado a presentar el modelo 347, tiene de plazo para hacerlo hasta el próximo 29 de febrero.

Consúltenos: resolveremos las dudas que le puedan surgir respecto a la cumplimentación del modelo 347.

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